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Línea 2

Proyectos de creación de ocupación

Subvenciones para proyectos de creación de ocupación en zonas de transición nuclear

Fecha de actualización: 19/03/2026

Línea con concurrencia competitiva

Ficha informativa PDF (ACCIÓ)

¿Qué se subvenciona?

Proyectos de creación de un mínimo de 3 nuevos puestos de trabajo en uno de los municipios beneficiarios del Fondo de transición nuclear. La creación de empleo se calcula como la diferencia entre la media de puestos de los 12 meses anteriores al inicio del proyecto y el empleo al final, expresada en unidades de trabajo anual (UTA).

¿Quién puede ser beneficiario?

Empresas ubicadas o en proceso de ubicarse en uno de los municipios beneficiarios del Fondo de transición nuclear, legalmente constituidas en el momento de presentación de la solicitud y que ejerzan una actividad económica.

También se consideran beneficiarias las comunidades de bienes y las sociedades civiles con objeto mercantil o profesional.

¿Cuál es el periodo de presentación de la solicitud?

Desde las 09:00 h del día siguiente a la publicación de la Resolución en el DOGC hasta las 14:00 h del día establecido en la convocatoria 2026.

¿Qué actuaciones y gastos son subvencionables?

Son subvencionables los siguientes gastos:

  • a) Coste laboral de los primeros 12 meses del nuevo personal contratado: salario bruto y cotizaciones sociales obligatorias a la Seguridad Social a cargo de la empresa.

    No se consideran subvencionables conceptos como indemnizaciones por despido, rescisión de contrato, dietas o gastos de viaje.

  • b) Gasto de realización, por un auditor de cuentas, del informe de justificación de la actuación subvencionada (100% de intensidad, máximo 1.500€, acogido al Reglamento de Minimis).

¿Cuál es la intensidad y el importe de la ayuda?

La intensidad de la ayuda es del 50%. El importe máximo depende de si el trabajador contratado se considera desfavorecido o no (véase la tabla y la definición [1] siguiente).

Trabajador a contratarGasto subvencionableIntensidadAyuda máx. (euros)Reglamento aplicableAyuda total máx. (euros)
Desfavorecidos [1]12 meses de coste laboral50%5.500.000,00RGEC (Art. 32)5.500.000,00
No desfavorecidos12 meses de coste laboral50%300.000,00Minimis

[1] Se considerará trabajador desfavorecido toda persona que:

Se considerará trabajador desfavorecido toda persona que cumpla al menos una de las condiciones siguientes:

  • No haya tenido un empleo fijo remunerado en los 6 meses anteriores a la contratación, o
  • Tenga entre 16 y 24 años, o
  • No cuente con cualificaciones educativas de formación secundaria o profesional superior (CINE 3), o haya finalizado su educación a tiempo completo durante los dos años anteriores y no haya tenido antes un primer empleo fijo remunerado, o
  • Tenga más de 50 años, o
  • Trabaje en un sector o profesión donde el desequilibrio entre sexos sea al menos un 25% superior a la media nacional y forme parte del grupo de género infrarrepresentado (Anexo 12 de las bases reguladoras).

¿Cuál es el plazo de ejecución de la actuación subvencionable?

Los proyectos se podrán realizar entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de junio de 2027. No se concederán ampliaciones de este plazo.

¿Cuáles son los criterios de valoración?

Puntuación mínima a alcanzar: 30 puntos en cada uno de los subcriterios 3.1 y 3.2 (los proyectos que no los alcancen serán no elegibles). Total máximo: 500 puntos.

CriterioValor máx. subcriterioValor máx. criterio
1. Objetivo del proyecto80
1.1 Novedad de la actividad a desarrollar y complejidad técnica en la ejecución del proyecto (0/20/30/40/50 pts)50
1.2 CCAE del proyecto: 0 pts si no es CCAE 10, 11 o 13-33; 30 pts si lo es30
2. Calidad del proyecto230
2.1 Volumen del empleo creado: ≥3 puestos (25) / ≥5 (50) / ≥10 (75) / ≥20 (100)100
2.2 Volumen de las inversiones directas en activos que requiere el proyecto (0/25/50/75/100 pts)100
2.3 Calidad de los puestos de trabajo subvencionables: 0 pts si todos no cualificados; 10 pts si ≥1/3 cualificados; 20 pts si ≥50%; 30 pts si ≥75%30
3. Capacidad de la empresa solicitante y viabilidad técnica y financiera del proyecto100
3.1 Viabilidad técnica — concreción y coherencia de metodología, plan de trabajo y recursos. PUNTUACIÓN MÍNIMA: 30 PUNTOS50
3.2 Viabilidad financiera — capacidad financiera para llevar a cabo el proyecto. PUNTUACIÓN MÍNIMA: 30 PUNTOS50
4. Impacto del proyecto90
4.1 Impacto sobre proveedores locales (0/6/12/18/24/30 pts)30
4.2 Contribución a los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) (0/5 pts)5
4.3 Orientación hacia la perspectiva de género (0/3/5 pts)5
4.4 Reequilibrio territorial: 50 pts Zona I PENTA · 30 pts Zona II PENTA50
TOTAL500

¿Cuáles son los trámites?

  • Sol·licitud: Solicitud de ayuda: según el modelo normalizado en Canal Empresa (canalempresa.gencat.cat).
  • Resolució: Resolución: notificación mediante publicación en el Tablón electrónico (tauler.gencat.cat). La solicitud comporta la solicitud implícita de anticipo del 80% de la ayuda concedida.
  • Justificació: Justificación: según modelo normalizado en Canal Empresa. Modalidad: acreditación por módulos / cuenta justificativa con justificantes / cuenta justificativa con informe de auditor. Todos los trámites requieren firma electrónica.
  • Se puede solicitar anticipo del 80% de la ayuda concedida.

¿Qué documentación hay que aportar?

Sol·licitud: Solicitud: Formulario; Memoria técnica del proyecto; Presupuesto completo y detallado; Declaración de ayudas minimis de los últimos 3 años; Documentación plazos de pago (Ley 3/2004).

Justificació: Justificación: según modelo en la web de ACCIÓ o Canal Empresa. Tramitación electrónica y firma electrónica.

¿Dónde consultar dudas?

  • Gestión de la solicitud: ajuts.accio@accio.cat
  • Gestión de la justificación: grupjustificacions@correu.accio.gencat.cat · T. 93 567 69 60
  • Gestión técnica: formulario accio.gencat.cat/fonsnuclears-contacte

Normativa

  • Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos empresariales en zonas de transición nuclear (convocatoria 2026).
  • Convocatoria 2026 de subvenciones para proyectos de creación de empleo en zonas de transición nuclear.