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Línea 5

Emprendimiento de alto valor añadido

Subvenciones para proyectos de emprendimiento de alto valor añadido en zonas de transición nuclear

Fecha de actualización: 19/03/2026

Línea con concurrencia competitiva

Ficha informativa PDF (ACCIÓ)

¿Qué se subvenciona?

Promover el emprendimiento de valor añadido como factor clave para impulsar un cambio hacia un tejido empresarial innovador, sostenible y competitivo que genere ocupación de calidad y favorezca el desarrollo económico del territorio. Se subvencionan las actuaciones relacionadas con el desarrollo del plan de negocio de la empresa emergente de alto valor añadido en sus fases iniciales.

Se entiende por empresas emergentes de alto valor añadido aquellas que cumplen al menos una de estas características: incorporación de innovación, escalabilidad o contribución a la transformación digital/transición ecológica.

¿Quién puede ser beneficiario y requisitos?

Pueden ser beneficiarias las pequeñas empresas ubicadas o en proceso de ubicarse en uno de los municipios beneficiarios del Fondo de transición nuclear (anexo 11 de las bases) que cumplan todos los requisitos siguientes:

  • Constituidas como mínimo 1 día antes de la publicación de la convocatoria en el DOGC y, como máximo, 36 meses antes de la fecha de presentación de la solicitud (contado desde la inscripción en el Registro Mercantil o registro análogo).
  • Personalidad jurídica propia, independiente de la de los socios fundadores.
  • El equipo fundador debe ser emprendedor y tener la mayoría del capital de la empresa (51%).
  • La financiación total recibida hasta la fecha de solicitud (subvenciones públicas, préstamos no garantizados del equipo emprendedor y aportaciones de capital externas) debe ser como máximo de 150.000€.
  • No cotizar en un mercado de valores regulado.
  • No haber distribuido dividendos desde la constitución.
  • No ser fruto de una operación de concentración empresarial.
  • Estar en situación censal de alta en la Agencia Tributaria que acredite la realización de actividad económica a fecha de solicitud.

También se aceptan startups constituidas como spin-off de una universidad, centro de investigación o empresa, siempre que cumplan todos los requisitos del apartado 1.1 (en especial: personalidad jurídica propia, equipo fundador emprendedor con 51% del capital y financiación externa máxima de 150.000€).

Se entiende por empresa la entidad que ejerza una actividad económica constituida según alguna de las formas jurídicas: sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, sociedad laboral, SAL, sociedad cooperativa, sociedad agraria de transformación.

¿Cuál es el periodo de presentación de la solicitud?

Desde las 09:00 h del día siguiente a la publicación de la Resolución en el DOGC hasta las 14:00 h del día establecido en la convocatoria 2026.

¿Qué actuaciones y gastos son subvencionables?

Se consideran subvencionables las actuaciones relacionadas con el desarrollo del plan de negocio de la empresa emergente de alto valor añadido en sus fases iniciales, realizadas en un municipio de zona de transición nuclear (anexo 11).

Se consideran empresas emergentes de alto valor añadido las que cumplan al menos una de estas características:

  • Incorporación de innovación: desarrolla nuevos productos, servicios o modelos de negocio innovadores.
  • Escalabilidad: tiene potencial para crecer significativamente más allá del mercado local (digitalización, internacionalización o modelos de negocio).
  • Transformación digital o transición ecológica: contribución directa a la transformación digital o a la transición hacia una economía más sostenible y descarbonizada.

El gasto subvencionable aceptado del proyecto debe ser como mínimo de 20.000€ y como máximo de 85.000€.

  • Gastos de personal contratado o de nueva contratación dedicados al proyecto.
  • Contratación de servicios a terceros.
  • Inversión en materiales y equipamiento con un máximo del 50% del gasto subvencionable aceptado.
  • Otros gastos relacionados con la ejecución del proyecto.
  • Gasto de realización, por parte de un auditor de cuentas, del informe de justificación (coste subvencionable máximo 1.500€).

Los proyectos se podrán realizar entre la fecha de solicitud y el 30 de junio de 2027. No se concederán ampliaciones de este plazo.

¿Cuál es la intensidad y el importe de la ayuda?

Tipo de gastoIntensidad máximaAyuda máxima (€)Reglamento aplicable
Gastos de personal contratado100%RGEC (Art. 22)
Contratación de servicios a terceros100%RGEC (Art. 22)
Inversión en materiales y equipamiento100%RGEC (Art. 22)
Otros gastos100%RGEC (Art. 22)
Gastos auditoría100%1.500Minimis

La ayuda máxima total será de 50.000€.

Se puede solicitar anticipo del 80% de la ayuda concedida una vez recibida la resolución de concesión, sin constitución de garantías.

¿Cuál es el plazo de ejecución de la actuación subvencionable?

Los proyectos se podrán realizar entre la fecha de solicitud y el 30 de junio de 2027.

No se concederán ampliaciones de este plazo.

¿Cuáles son los criterios de valoración?

Puntuación total mínima: 250 puntos.

CriterioValor máx. criterio
1. Innovación

Definición del problema al que va dirigido el producto/servicio y grado de diferenciación o mejora que se quiere ofrecer al mercado. Contribución a la transformación digital y transición ecológica. Grado de novedad tecnológica, detalle del estado del arte, madurez de las soluciones existentes y nivel de progreso del desarrollo propuesto.

150
2. Equipo

Adecuación de los perfiles del equipo emprendedor, complementariedad, experiencia previa como emprendedores y grado de compromiso (aportación económica y dedicación). Participación de mujeres en el equipo emprendedor.

125
3. Plan de trabajo

Planificación operativa, comercial y de financiación. Detalle de las actividades, plazos, recursos necesarios, identificación de riesgos y plan de contingencia. Coherencia global del plan de trabajo.

75
4. Impacto económico y ocupación

Concreción en el análisis del mercado (dimensión, barreras de entrada, cuota de mercado potencial). Propuesta de valor y modelo de negocio. Potencial de escalabilidad y proyección internacional. Potencial de generación de ocupación de calidad e impacto económico local.

75
5. Impacto ambiental y social del proyecto

Alineación con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030 e impacto en los ejes principales del plan nacional para la implantación de la Agenda 2030 en Catalunya.

20
6. Enfoque del proyecto para promover el reequilibrio territorial en las zonas de transición nuclear

Zona I PENTA: 50 puntos. Zona II PENTA: 30 puntos.

50
7. Orientación y enfoque de la empresa hacia la perspectiva de género

Porcentaje de mujeres en órganos de dirección y administración: menos del 30% = 0 pts; 30-49% = 3 pts; 50% o más = 5 pts.

5
TOTAL500

¿Cuáles son los trámites?

  • Sol·licitud: Solicitud de ayuda: según el modelo normalizado en Canal Empresa (canalempresa.gencat.cat).
  • Resolució: Resolución: notificación mediante publicación en el Tablón electrónico (tauler.gencat.cat).
  • La beneficiaria podrá realizar una única solicitud de anticipo por el importe máximo del 80% de la ayuda concedida una vez recibida la resolución de concesión, sin constitución de garantías.
  • Justificació: Justificación: según el modelo normalizado en Canal Empresa. Modalidad: cuenta justificativa con aportación de informe de auditor.
  • Todos los trámites requieren firma electrónica y tramitación electrónica.

¿Qué documentación hay que aportar?

Solicitud de ayuda:

Memoria técnica del proyecto según modelo disponible en la web de ACCIÓ; Presupuesto completo y detallado; Declaración de ayudas recibidas en concepto de minimis del ejercicio fiscal en curso y los dos ejercicios anteriores; el resto según modelos en la web de ACCIÓ.

Documentación de justificación

Además de la documentación establecida en la base 13.5 del anexo 1, en el momento de presentar la justificación se debe adjuntar documentación para acreditar la realización de la actuación según el tipo de gasto:

  • Estudios (de mercado, sectoriales, valorización): copia del estudio.
  • Planes (de negocio, estratégicos, de márketing, de financiación): copia del plan.
  • Asesoramientos: copia del informe o memoria; si no hay informe, documentación alternativa (actas de reuniones, informe del asesor con actuaciones y horas).
  • Jornadas: memoria con empresas participantes y material demostrativo (folletos, fotografías).
  • Cursos de formación: programa y acreditación de asistencia.
  • Ferias: memoria de la asistencia y documentación demostrativa (fotos, catálogos, programa).
  • Personal: temporalización mensual de horas por tarea (modelo ACCIÓ), firmada por el representante legal y el responsable de ejecución.
  • Acciones de difusión: memoria y material demostrativo.
  • Prototipos: informe firmado con certificado digital identificando la utilización de los elementos; declaración del responsable legal de que el prototipo no será comercializado.
  • Adquisición de activos: factura y justificante de pago. Leasing: contrato con opción de compra, facturas y fianza proporcional hasta el ejercicio de la opción.

Justificació (resum): Justificación: según el modelo normalizado en la web de ACCIÓ o Canal Empresa. Tramitación y firma electrónica.

¿Dónde consultar dudas?

  • Gestión de la solicitud: ajuts.accio@accio.cat
  • Gestión de la justificación: grupjustificacions@correu.accio.gencat.cat · T. 93 567 69 60
  • Gestión técnica: formulario accio.gencat.cat/fonsnuclears-contacte

Normativa

  • Bases reguladoras para la concesión de subvenciones para proyectos empresariales en zonas de transición nuclear (convocatoria 2026).
  • Convocatoria 2026 de subvenciones para proyectos de emprendimiento de alto valor añadido en zonas de transición nuclear.